¿Quieres alquilar una vivienda de tu propiedad y no sabes cómo hacerlo? Aquí repasamos los tipos de contratos de alquiler más usados en España.
Alquilar es una de las formas más comunes para acceder a una vivienda en España. Y, para ello, existen varios tipos de contratos de alquiler. Todos tienen muchas cosas en común, pero se diferencian en aspectos importantes según cuáles sean las las necesidades que tengan los arrendadores y los arrendatarios, así como las características del inmueble.
Si estás pensando en alquilar una vivienda y aún no sabes cuáles son tus opciones, es importante que conozcas las peculiaridades de cada uno de estos documentos. En este artículo, vamos a hablar de los diferentes tipos de contratos de alquiler de viviendas que existen en España así como de sus características principales.
Un contrato de alquiler de vivienda, también llamado contrato de arrendamiento, es el documento legal que regula la relación entre el arrendador (propietario de la vivienda) y el arrendatario (inquilino de la vivienda). En estos contratos, se establecen las principales condiciones e información del acuerdo:
Además de esto, también se pueden incluir las cláusulas que se acuerden entre ambas partes, como las relativas a la contratación de un seguro de responsabilidad civil, el abono de una fianza, la presentación de un aval económico que cubra el pago de un número determinado de mensualidades o las relacionadas con los muebles, enseres y suministros de la vivienda.
En España, existen varios tipos de contratos de alquiler, que se adaptan a las distintas necesidades de los arrendadores y los arrendatarios. Los principales tipos de contratos de alquiler de viviendas son los siguientes:
Esta variedad de contratos cubre prácticamente cualquier escenario posible, pero los más habituales son los tres primeros.
Este acuerdo de arrendamiento, regulado conforme al artículo 2 de la LAU, tiene como propósito el alquiler de viviendas destinadas a uso habitual. En otras palabras, abarca aquellas residencias donde el inquilino tiene la intención de establecer su residencia permanente durante un período de tiempo extenso.
En la actualidad, los contratos de arrendamiento para vivienda habitual tienen una vigencia de hasta 5 años (o 7 años en el caso de personas jurídicas), con la posibilidad de prorrogarse por 3 años adicionales si ninguna de las partes incumple los plazos predefinidos. Si el arrendatario opta por rescindir el contrato, deberá indemnizar al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año que reste por cumplir o a una parte proporcional a la indemnización si el período que resta para la finalización del contrato es inferior a un año.
Los contratos de alquiler de vivienda temporal se distinguen por permitir al inquilino disfrutar de la vivienda durante un período específico al año, sin carácter habitual. Estos contratos están regulados en el artículo 3 de la LAU, donde se califica como uso distinto al de vivienda, regulado en el Título III.
En estos contratos, la duración se pacta de manera libre por las partes, así como sus prórrogas. Además, deja constancia de que el inmueble no puede constituir la vivienda habitual ni permanente del inquilino ni de ninguno de sus ocupantes, sino que el arrendamiento será temporal. Los motivos de ésto pueden ser por ocupación durante periodos escolares, épocas vacacionales o traslados laborales.
Además, se excluyen específicamente los servicios de hostelería y turismo, casos bajo los que la vivienda pasaría a considerarse apartamento turístico y a situarse bajo una normativa autonómica diferente.
Estos contratos están dirigidos a aquellas personas que acuerdan el arrendamiento de una estancia del piso y, a la vez, el uso compartido de zonas comunes, como pueden ser los baños, la cocina o el salón. A diferencia de los otros contratos de alquiler de pisos, esta modalidad está regulada por el Código Civil en sus artículos 1554 y siguientes.
La duración de los contratos de alquiler por habitaciones es flexible y suele abarcar periodos mensuales, trimestrales o cursos académicos para estudiantes, sin otorgar derecho a los inquilinos a permanecer más tiempo del acordado. Para los propietarios, este tipo de contratos tiene ventajas como menores riesgos de impagos, pero también un mayor trabajo para seguir buscando inquilinos tras cada periodo.
Para alquilar una vivienda, ya sea para uso habitual, temporal o por habitaciones, es fundamental contar con un documento contractual sólido y que se atenga a la legislación vigente. En este sentido, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) ofrece un modelo de contrato de arrendamiento de vivienda que puede servir como base sólida para cualquiera de estos acuerdos. Este modelo proporciona una estructura legalmente sólida y considera las disposiciones pertinentes en términos de derechos y responsabilidades de ambas partes. Al hacer uso de este recurso, los propietarios e inquilinos pueden asegurarse de que su contrato esté respaldado por una guía confiable y en línea con las regulaciones vigentes.
Para acceder a él, puedes visitar el enlace al Modelo de Contrato de Arrendamiento de Vivienda del MITMA. Además de proporcionarte un texto base sobre el que cumplimentar los datos particulares de cada una de las partes y del inmueble, también aporta explicaciones útiles sobre las distintas partes y cláusulas que conforman el contrato.
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Este artículo solo tiene fines informativos.
Este es un artículo meramente informativo. Para mayor seguridad, consultar con un abogado especializado o con las autoridades competentes.
En este artículo
¿Qué es un contrato de alquiler de vivienda?
¿Qué tipos de contratos de alquiler existen en España?
¿Qué son los contratos de alquiler de vivienda habitual?
¿Qué son los contratos de vivienda temporal?
¿Qué son los contratos de alquiler por habitaciones?
Modelo de contrato de alquiler de vivienda
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